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Arequipa, Setiembre 11 de 1845.

Sáquese por el Escribano de Gobierno la copia certificada que solicita el señor coronel oficiante, y entréguesele el original, como lo pide, después de que se archive el testimonio.

Cisneros.

Teodoro La Rosa.

Se sacó el testimonio que se ordena por el superior decreto de la vuelta, el que queda archivado en la oficina de mi cargo.

Arequipa, Setiembre 11 de 1845.

Juan Nepomuceno Pastor.

Gobierno Político y Militar.

Arica, Junio 26 de 1845.

Por la orden superior, cuya copia incluyo, tuvo orden este Gobierno político y militar para expedir pasaporte fuera del departamento á don Pedro Murffi. Sin embargo de habérsele comunicado la orden por medio de un ayudante desde el 22 hasta esta fecha, el señor Murffi no quiso obedecer, valiéndose de efugios, y exigido para que la cumpliese anoche, no lo hizo sino cuando se le dió una escolta de cuatro individuos. Como por consecuencia de este suceso puede el señor Murffi exagerar el acontecimiento y suponer que fué sacado con violencia y con fuerza armada, para los efectos que pueda tener el Gobierno, se servirá Ud. tomar declaraciones juradas á los extranjeros que se hallan en este puerto dispuestos á embarcarse en el vapor de comercio sobre la conducta que observó la autoridad militar, y sobre si es cierto que se le indicó al señor Murffi que podía hacer su viaje solo, y que la escolta se dió únicamente porque él la

exigió. Concluido el expediente se servirá Ud. pasarlo á este gobierno para los efectos ulteriores.

Dios guarde á US.

José Arancibia.

Al Juez de Paz de esta ciudad D. Felipe Mazuelos.

Prefectura y Comandancia General del Departamento de Moque

диа.

Tacna, Junio 21 de 1844.

Siendo perniciosa á la causa constitucional la permanencia de don Pedro Murffi en ese puerto, he dispuesto salga del territorio del Departamento. En este concepto US. le expedirá pasaporte para donde él designe, en la inteligencia que debe salir á la mayor brevedad y á consecuencia de la intimación de esta orden.

Dios guarde á US.

José Félix Iguain.

Es copia.-Arancibia.

Al Señor Coronel Jefe Político y Militar de Arica.

Arcia, Junio 27 de 1844.

Por recibida la nota que antecede del benemérito señor coronel Jefe Político y Militar de este distrito, y la adjunta copia.En su vista procédase á la facción de la sumaria que en ella se ordena, notificándose su comparecencia en este juzgado á los señores que en ella se señalan para que exhiban su declaración jurada, y observándose con el señor Ministro de Bolivia los re

quisitos de estilo, devuélvase lo obrado á quien corresponde" para los usos convenientes.

Actúo con testigos por falta de escribano, en este papel por no haber del sellado que corresponde.

Felipe Mazuelos.-Testigo, Lorenzo J. Mesa.-Testigo, Narciso Aranda.

En la ciudad de Arica, á veintiocho días del mes de Junio del año de mil ochocientos cuarenta y cuatro, para la formación de la sumaria á que se refiere la nota que antecede, ante mi, el juez de paz don Felipe Mazuelos y testigos infrascritos, compareció el señor doctor don José Joaquín de Aguirre, Ministro de la Corte Superior de la Faz, residente á la fecha en ésta, de tránsito para Chile, á quien se le recibió juramento en forma y examinado con el tenor de la nota que encabeza dijo: «que el veintiseis del presente á las siete de la noche poco más ó ménos, viendo que en la plaza y en el recinto de la trinchera habían reunidas muchas personas, creyendo que arribase algún buque ú otra cosa semejante, se aproximó á la reunión expresada: que entónces vió que una persona que le expresaron ser el señor Murffi se paseaba en el recinto de la trinchera, y el señor Coronel Arancibia que tambien se hallaba allí le decia: «señor don Pedro, marche U. no más pues que ya sabe U. que debe ir»; á lo que contestaba el señor Murffi, «que no iría á menos que no se le dé un oficial». Contestó el señor Arancibia «que no podía darle un oficial porque habían pocos y no bastaban al servicio de la plaza, y que como le había dicho antes podía ir solo si quisiese». Después de varias réplicas sobre este mismo particular mandó el Coronel Arancibia que viniesen cinco hombres más de escolta: comparecieron estos á caballo: montó el señor Murffi y partió con ellos. Se hallaron presentes á este suceso los señores Fiengo, Pizarro, Pividal y otros pasajeros y vecinos del país que no tiene presentes». Es cuanto expuso sobre la verdad en fuerza del juramento prestado; y después de que ésta le fué leída, la aprobó y ratificó, expresando ser de treinta y ocho años, casado, abogado, natural y vecino de la República de Bolivia, y para constancia firmó con migo y los testigos.

Felipe Mazuelos--Jose Joaquín de Aguirre-Testigo-Lorenzo J. Rosa-Testigo-Narciso Aranda.

Inmediatamente, y siendo como las once del día, compareció en este juzgado, por ante mí el juez de paz y los testigos infrascritos, don Nicolás Fiengo, natural de Nueva Orleans y de tránsito en ésta, soltero, comerciante y de veinticinco aúos de edad, á quien recibí juramento, según ley, bajo del cual prometió decir verdad, sin agravio de partes, de lo que supiese y fuese preguntado, y siéndolo con arreglo á la nota que obra al principio de este expediente, dijo: «Que en la noche del veintiseis estando de visita en la tienda de doña Francisca Zavala, vió pasar al señor don Pedro Murffi á caballo y escoltado de algunos hombres armados, á lo que le dijo el señor Pizarro que llevaban preso y confinado á Tacna á Murffi». Es cuanto expone sobre el particular, diciendo no saber más; y después que esta le fué leí da, la aprobó y ratificó; y para constancia firmó con migo.

Felipe Mazuelos.-Nicolás Ricardo Fiengo.-Testigo-Lorenzo Meza-Testigo-Narciso Aranda.

Incontinente compareció en este juzgado don Inocencio María Pizarro, natural de Mendoza en la República Argentina y de tránsito en esta ciudad, soltero, comerciante y de treinta y tres años, á quien recibí juramento, que lo hizo según forma de estilo bajo del cual prometió decir la verdad, sin agravio de partes, de lo que supiere y le fuere preguntado, y siéndolo con arreglo á la nota que precede, dijo: Que en la noche del veintiseis, estando inmediato á la casa habitación del señor Pividal vió que el señor Murffi llegaba á este punto con una bestia, y que en segui da principió entre el señor coronel Arancibia y el señor Murffi una disensión relativa toda á la salida de dicho Murtfi de este puerto sin expresarse para donde: que durante ella oyó que el señor Arancibia lo impulsaba á que dejase el lugar, y que el señor Murffi se resistía á ello mientras no le diesen un oficial para su acompañamiento; hasta que por último ordenó el señor coronel Arancibia el apresto de cinco hombres con los que salió el señor Murffi.» Es cuanto asegura saber sobre el particular; despues que ésta le fué leida, la aprobó y la ratificó, y para constancia firmó conmigo.

Felipe Mazuelos.-Inocencio María Pizarro.-Testigo, Lorenzo J. Mesa.-Testigo, Narciso Aranda.

Inmediatamente compareció ante mí el juez de paz y los testigos infrascritos don Eusebio Pividal, natural de Buenos Aires y residente en esta ciudad, soltero, comerciante y de veintiocho años, á quien recibí el juramento de estilo bajo del cual prometió decir la verdad de lo que supiere y le fuere preguntado, y siéndolo al tenor de la nota que antecede dijo: «Que en la noche del 26, estando en casa del señor Murffi, vió que el oficial Marin entró en ella y llamó al patio al señor Murffi, después de lo cual este señor volvió á entrar á la pieza donde estaba antes: que por segunda vez vino el mismo Marin á llamar á Murffi de orden del señor coronel Arancibia: que después de esto salió de casa de éste y se dirigió á la suya durante cuya travesía advirtió un grupo de gente inmediata á su casa, y dentro de ella al señor don Pedro Murffi con una bestia ensillada: que advirtiendo rumor en la calle desde el balcón de su casa vió que el señor Murffí salía ya á bestia acompañado de una escolta de soldados.»> Es cuanto dice saber sobre el particular; y leída que ésta le fué, dijo ser la misma declaración que tiene dada, la misma que aprueba y para constancia firmó conmigo y los testigos.

Felipe Mazuelos.-Eusebio Pividas.-Testigo, Lorenzo J. Mesa. -Testigo, Narciso Aranda.

Juzgado de Paz del Distrito de Arica.

Señor Coronel:

Junio, 28 de 1844.

Acompaño á US. el expediente promovido el día de hoy sobre la confinación del súbdito inglés don Pedro Murffi á la capital de Tacna, y á cuyo asunto se refieren las dos notas que lo encabezan. En su mérito se dignará US. disponer lo que sea de su mejor agrado.

Dios guarde á US.

Felipe Mazuelos.

Al Benemérito Señor Coronel Jefe Político y Militar de este distrito. (1)

(1) Bien angustiosa fué nuestra situación en los primeros días de vuestras anteriores sesiones por consecuencia de las exigencias del Gobierno británico:

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