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mercio bastante activo con las Provincias del norte de esa República y aun con la de San Juan. En resúmen, Señor Ministro, puede calcularse con seguridad, las entradas de este Consulado en veinte pesos anuales.

Dios guarde á V. E.

Belisario Lopez

Al Sr. Dr. D. Cárlos Tejedor Ministro en el Departamento de Relaciones Esteriores de la República Arjentina.

BOLIVIA

Consulado General de la República Argentina en Bolivia

Santa Cruz, Marzo 10 de 1871,

A S. E. el Ministro de Relaciones Exteriores de la República Argentina.

Señor:

Tengo el honor de acusar recibo á V. E. de su apre ciable nota de 14 de Octubre del año próximo pasado que ha llegado, á mis manos por el presente correo, en la que se sirve prevenirme "remita un estado demostrativo de las entradas anuales de este Consulado de mi cargo, con los demás detalles que puedan servir, para que el

Gobierno tenga un conocimiento perfecto de los emolu mentos consulares que percibe el suscrito."

Contestando pues á dicha comunicacion, me es honro so decir á V. E., que el Consulado de mi cargo no cuen ta con entrada alguna, pues los únicos derechos que po dia percibir, y son los que se pagan por certificaciones que suelen espedirse, el infrascrito las otorga siempre gratuitamente.

Con tal motivo me es muy satisfactorio reiterar á V. E. el ofrecimiento de mi estimacion y respeto.

Dios guarde á V. E.

S. M.

Angel Costa.

P

Consulado de la República Argentina

Señor Ministro:

Tupiza, Noviembre 26 de 1870.

Con fecha 23 del mes que rije he recibido juntas las apreciables notas de V. E. fechas 14 á 17 de Octubre próximo pasado, de las que, en la de esta última fecha se sirve el señor Ministro acusar recibo de mi comunicacion de 30 de Mayo último, referente á los impuestos que se cobran en Bolivia á las producciones argentinas en tránsito, impartiéndome, con este motivo, aunque incidentalmente, que el Sr. D. Angel Costas desempeña en Bolivia el Consulado General de esa República; y en la de 14 de Octubre, ya citada, me pide V. E. un estado de mostrativo de las entradas anuales del consulado que core á mi cargo, para que S. E. el Sr. Gobierno Nacio

nal tenga un conocimiento perfecto de los emolumentos que percibo, etc.

En contestacion á este oficio, me cabe decir á V. E. que el Consulado que desempeño, carece absolutamente de todos los emolumentos asignados en las "Disposicio nes relativas á los agentes consulares de la República" cuyo arancel no tiene aplicacion ninguna en este país, y que léjos de percibir entradas este consulado, demanda fuertes erogaciones pecuniarias, á mérito de ser la agencia mas recargada que las demas que hay en Bolivia.La situacion de este país, limítrofe con la República Argentina, de la que afluye un crecido número de comer ciantes, ha exigido y exige mi concurrencia personal á distintos puntos de tránsito, con el fin de vigilar el cum plimiento de los estatutos ó leyes de comercio, que están á mi mayor alcance; pues que ni aun poseo un conoci miento perfecto de estas disposiciones, á pesar de haberlas solicitado al Gobierno de Bolivia por serme indispensables, tanto para reclamar su cumplimiento á los asentistas de impuestos, cuanto para evitar el fuerte contrabando de producciones nacionales que se efectúa entre ambos paises.

La esportacion de diversa ganaderia que se hace de la República Argentina, es el único negocio en que no se practica el contrabando; mas no así con el tráfico de las demas producciones, que en su mayor parte se importan sin abonar los respectivos derechos; por consiguiente, siendo la ganaderia la sola produccion que en su comercio se sujeta á las leyes de aduana, el arancel de emolumentos consulares no tiene efecto, pues este solo habla de mulas cargadas, de las que deben abonarse un

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tanto por cada diez de ellas.-A este respecto remitiré oportunamente á ese Ministerio todos los datos ó infor mes que me sean posibles dar relativamente al comercio que se practica entre ambas Repúblicas, manifestando los inconvenientes que hay para que este tome un mayor impulso en su desarrollo.-Tambien me reservo para esta ocasion contestar detenidamente la breve nota de V. E. de 17 de Octubre, arriba citada; no obstante ruego á V. E. tenga á bien remitirme un tanto de las Leyes de Aduana vigentes en esa República, para conocer el derecho, que á su importacion, pagan las producciones de orígen boliviano.

En conclucion reasumiré el contenido de este oficio espresando á V. E. con repeticion que el Consulado que corre á mi cargo, carece de emolumentos y que siendo en Bolivia la agencia mas recargada, exige una dotacion cualquiera; capaz de hacer frente á los gastos que de manda en su desempeño.

Dios guarde á V. E.

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Exmo. Señor Dr. D. Cárlos Tejedor Ministro de Relacio nes Esteriores de la República Argentina.

Consulado de la Republica Argentina en

Señor Ministro:

La Paz, á 25 de Febrero de 1871.

Tengo el agrado de acusar recibo de su apreciable offcio del 14 de Octubre último, en el que se me ordena

mande á ese Ministerio, á la brevedad posible, un estado demostrativo de las entradas anuales de este Consulado, para

los detalles que puedan servir el conocimiento perque el Gobierno pueda tener de los emolumentos. consulares.

fecto

Aseguro á V. E. de que en este consulado, no ha habido entrada alguna, y que no se puede remitir el estado demostrativo que se menciona. Aparte de un certificado gratis que se dió al ciudadano argentino Mariano Peró, para el establecimiento de un Banco en Cobija, no se ha dado otro.

Sírvase V. E. poner en conocimiento del Supremo Gobierno el contenido de esta contestacion, recibiendo V. E. del suscrito las consideraciones de su mayor apre estimacion.

cio

y

Dios guarde á V. E.

S. M.

Angel Marquiegui.

Al Exmo. Sr. Ministro de Relaciones Esteriores de la República Argentina, Dr. D. Cárlos Tejedor.

Consulado de la República Argentina.

Tacna, Diciembre 19 de 1870.

Señor Ministro:

He recibido la nota que V. E. me ha hecho el honor de dirijirme con fecha 14 de Octubre, ordenándome remita á ese Ministerio un estado demostrativo de las entradas anuales de este Consulado, con todos los detalles que

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