Art. 95. El cargo de individuo de la Suprema Corte de Justicia solo es renunciable por causa grave, calificada por el Congreso, ante quien se presentará la renuncia. En los recesos de éste, la calificación se hará por la diputación permanente. Amparo promovido - Página 17por Mariano F. Medrano - 1879 - 51 páginasVista completa - Acerca de este libro
| Mexico. Secretaría de Gobernación - 1902 - 462 páginas
...responsabilidad, pena por delito infamante. Art. 92. El cargo de Magistrado ó Fiscal del Tribunal Supremo de Justicia, solo es renunciable por causa grave calificada por el Congreso, ante quien se presentará la renuncia. Art. 93. Son deberes y atribuciones de las Salas del Tribunal.... | |
| Mexico - 1907 - 526 páginas
...Constitución, y «mirando en todo por el bien yprosperidad déla Unión?» (261) (262) Art. 95.^-El cargo de individuo de la Suprema Corte de Justicia...renunciable por causa grave, calificada por el Congreso, ante quien se presentará la (257) Discusión. Art. % del Proyecto. Zarco, sesión del 24 de Octubre,... | |
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