Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia. Catecismo político constitucional de la República Mejicana - Página 25 por Nicolás Pizarro - 1872 - 56 páginas Vista completa -
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