Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias. Nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el juicio se le absuelva o se le condene. Queda prohibida la práctica de absolver de la instancia. Estudios constitucionales sobre los gobiernos de la América latina - Página 180 por Justo Arosemena - 1878 Vista completa -
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