PARA LA EJECUCION DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL EN LAS
ISLAS DE CUBA Y DE PUERTO-RICO.
Ley de 13 de Mayo de 1855..........
Exposicion á S. M. y Real decreto de 9 de Diciembre de 1868
mandando publicar la ley de Enjuiciamiento civil en las is-
las de Cuba y de Puerto-Rico......................
Real decreto de la misma fecha aprobando la Instruccion para
aplicar la ley de Enjuiciamiento civil en las islas de Cuba y
de Puerto-Rico.................................
Instruccion aprobada por S. M. para la más exacta inteligen-
cia y aplicacion de la ley de Enjuiciamiento civil por los
Tribunales de Cuba y de Puerto-Rico................
Real órden de 9 de Diciembre de 1865 mandando establecer
Jueces de paz en las islas de Cuba y de Puerto-Rico......
Real órden de la misma fecha mandando promulgar inmedia-
tamente en Cuba y Puerto-Rico la ley de Enjuiciamiento
civil, y remitiendo al efecto ejemplares de la edicion oficial
de la misma ley................................
Real orden de igual fecha mandando que en los Tribunales de
la isla de Cuba deje de cobrarse la décima en las ejecucio-
nes desde el dia en que empiece á regir la ley de Enjuicia-
miento civil......
Real órden de la misma fecha mandando observar en las Au-
diencias de la Habana y Puerto-Rico el Real decreto de 6
de Marzo de 1857..................
Real órden de la misma fecha determinando la época en que
los Regentes de la Habana y Puerto-Rico han de proceder
por primera vez al nombramiento de Jueces de paz.......
Real órden de igual fecha concediendo a los Jueces de paz el
uso de sellos de correo para su correspondencia oficial....
Real órden de la misma fecha mandando hacer una edicion
oficial especial de la ley de Enjuiciamiento civil para las is-
las de Cuba y de Puerto-Rico. ...